Un hombre que fue sorprendido cuando descendió de un servicio ferroviario en la Estación Flores e introdujo en los molinetes un pasaje falso fue sobreseído por la Justicia porque "el viaje en tren sin pagar la correspondiente tarifa no puede ser considerado como estafa".El fallo, dictado por la Sala Cuarta de la Cámara del Crimen, dejó sin efecto el procesamiento contra Juan Carlos Chamorro, a quien el juez de instrucción Alberto Baños le había atribuido "el delito de estafa en concurso ideal con el de uso de documento privado falso". El tribunal de alzada derribó la teoría del "documento privado falso" al considerar que "el boleto o abono mensual de transporte de tren no puede ser considerado documento, pues carece de las características exigidas para ser considerado tal, sin perjuicio de que pueda constituir un medio apto para la comisión de otro ilícito".©En cuanto al resto de las imputaciones, los camaristas Alberto Seijas, Carlos González y Marcelo Lucini tomaron en cuenta que el pasajero "había ya descendido de una formación en la estación Flores cuando, con la única finalidad de retirarse, introdujo el ticket apócrifo en el molinete".
(DyN - 28/09/2010)"No existe ninguna constancia que permita sostener que pararealizar el recorrido anterior, utilizara el pase apócrifo, ni hay posibilidad de llevar a cabo alguna medida de prueba que conduzca a establecer dicho extremo", replicaron.Pero aún cuando efectivamente hubiera viajado sin pagar, elpasajero no cometió delito alguno: "el viaje en tren sin pagar la correspondiente tarifa, no puede ser considerado como estafa pues el sujeto activo no aparenta solvencia y, en consecuencia, no induce al error causante del consecuente perjuicio patrimonial del sujeto pasivo".Los camaristas diferenciaron el viaje en tren sin pagar de lo que "ocurre en otros casos, tales como viajes en taxímetros o consumos en bares o restaurantes, sin contar con dinero para ello", circunstancias en las que la conducta de Chamorro sí podría considerarse delito."Viajar sin pago previo del boleto de tren respectivo sólo se encuentra reprobado en el Convenio de Concesiones del ReglamentoGeneral de Ferrocarriles, donde se prevé una multa de nueve pesos para el pasajero que no hubiera abonado", aclararon los camaristas."Así las cosas, al tratarse de un servicio público regulado que contempla sanciones para quienes lo utilizan evadiendo el pago, el derecho penal no debe ingresar en el análisis de dicha conducta", ratificaron, al sobreseer a Chamorro.
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario